Tanto en el Reglamento como en su explicación se hace referencia al tipo de mayoría necesaria para pasar o rechazar una cuestión. Aquí están sus características:
- Mayoría calificada: También llamada mayoría clara o mayoría de dos tercios. Es aquella que representa el 66,6% de las delegaciones presentes. De este modo, abstenerse implicará, en la práctica, un voto por la negativa, a pesar de expresar una posición diferente.
- Mayoría absoluta: Es aquella que representa el 50% + 1 de las delegaciones presentes. Nuevamente, abstenerse implica un voto por la negativa.
- Mayoría simple: Es aquella que representa un voto más a favor de esa postura que en contra. Efectivamente, en este caso abstenerse es no tener opinión en la cuestión.
Nota: es importante que tengas en cuenta que en ciertas situaciones las delegaciones no pueden abstenerse de votar, según lo estipule el Reglamento.
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